Control

Alcance del Reglamento

DE LA OBLIGACIÓN PARA CUMPLIR LA LABOR SOCIAL

Artículo 1.- El Proyecto de labor social es obligatorio para todos los estudiantes del 5to Año de Educación Media como requisito para obtener el título de Bachiller en Ciencias.

ALCANCE DEL REGLAMENTO
Este Reglamento General representa las orientaciones por las que se regirá la realización del proyecto de labor social de la U.E. “Nuestra Señora de Belén” por parte de los estudiantes desde el inicio hasta su culminación. Asimismo, en este reglamento se establecen los rasgos a través de los cuales se asegura el buen funcionamiento de las diferentes actividades que ellos realicen, así como también se establecen los rasgos generales del Proyecto de Labor Social. Con este Reglamento General se desea obtener como alcance:

1. Cumplir con lo establecido en el Artículo 27 del reglamento de la Ley Orgánica de Educación el cual indica que para optar por título de Bachiller en Ciencias se debe realizar una Labor Social que beneficie al plantel o la comunidad. 


2. Todos los proyectos de labor social están dirigidos hacia un beneficio o impacto social y hacia el desarrollo educativo en los estudiantes. Concretamente se tomará en cuenta la U.E. “Nuestra Señora de Belén” y la comunidad donde ésta tiene sede, o bien la comunidad donde habita el grupo de estudiantes con la propuesta.

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