Control

lunes, 17 de octubre de 2022

Reglamento Especial LABOR SOCIAL - 2021

A fin de dar cumplimiento  a la actividad comunitaria de nuestros estudiantes, bajo las normas impuestas  por el Gobierno Nacional a través de MPPE, esta coordinación pedagógica a preparado el siguiente anteproyecto de reglamento de Labor Social.

MUCHÍSIMAS GRACIAS

QUE DIOS Y LA VIRGEN NOS ACOMPAÑEN HOY Y SIEMPRE

 

REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA REALIZACIÓN DE LA

ACTIVIDAD COMUNITARIA  

La UE Nuestra Señora de Belén dicta los siguientes “Lineamientos Generales para la Aplicación de la Actividad Comunitaria” 

LABOR SOCIAL (BASES LEGALES)

 Artículos 13 LOE

 Artículos 27 RLOE

 Circular 13 MPPE (Otorgamiento de Títulos y Certificados)

MISIÓN

La Labor Social es una actividad humanitaria cuya finalidad de concientizar y sensibilizar al estudiante cursantes de 5to Año de Educación Media General a ponerse en contacto con la realidad social como aprendizaje significativo a favor de las personas necesitadas creando una conciencia social de manera desinteresada.

OBJETIVOS

 Fomentar y reforzar los Valores Universales, el compromiso con la sociedad a la que pertenece, la vocación de servicio y voluntariado.

 Brindar un servicio desinteresado a la comunidad y por ende, a la humanidad.

 Sensibilizar al estudiante para que tome conciencia frente a las necesidades del colectivo humano.

 Implementar actividades en las que desarrollen capacidades y actitudes positivas, implementen conocimientos, asuman responsabilidades y participen en planificación y organización de servicios.

 Fomentar la autoestima del estudiante mediante la puesta en práctica y desarrollo de sus aptitudes, potencialidades, cualidades, fortalezas.

 Que el estudiante conozca la realidad humana, social, económica, cultural y aporte soluciones que apoyen el desarrollo de la comunidad y sus integrantes.

 Ofrecerle al estudiante perspectivas que le coadyuven a la orientación vocacional

DISPOSICIONES GENERALES

Estas Disposiciones Generales y Reglamento del proyecto de Labor Social de la U. E. “Nuestra Señora de Belén” representan los lineamientos a través de los cuales se asegura el buen funcionamiento de las diferentes actividades realizadas por los estudiantes:

1.     Todo estudiante cursante del 5to año Educación Media General de la U.E. la U. E. “Nuestra Señora de Belén” debe realizar actividades humanitarias como Labor Social, que beneficie a la comunidad del plantel y/o sus alrededores; cumpliendo con lo establecido en los Artículos 13 de la Ley Orgánica de Educación y 27 del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación.

 

2.     Todos los estudiantes deberán prestar cuando menos entre 60 o 80 horas de Labor Social, con el fin de establecer un mecanismo de control para el Beneficio del estudiante.

 

3.     La Comisión de Trabajo de la Labor Social integrada por el Directora, Subdirector, Coordinador(es) de la Labor Social, Docentes colaboradores; con el objetivo de orientar, aprobar, monitorear y asegurar la continuidad de los programas y/o proyectos, al igual de establecer un cronograma de actividades a implementar que rige la Labor Social.

4.     Será deber del Padre, Madre y Representante prestar la colaboración en la realización de actividades de la labor social como: apoyo motivacional, gestor de recursos, acompañamiento académico, monitor, entre otros. y así obtener un resultado significativo.

5.     En caso de realizar la actividad en una institución externa, el Personal responsable de esta, definirá sus procedimientos de operación sin contravenir los fijados en este reglamento, Normas de Convivencia y sin violar los derechos del Niño, Niña y Adolescente cumpliendo con todas las normas y protocolos de seguridad vigentes. 

6.     Todas las actividades y/o proyectos de la Labor Social deberán aportar un beneficio social y/o educativo a la comunidad o institución donde se desempeñen.

7.     Los estudiantes no podrán recibir beneficios económicos personales al participar en las actividades y/o proyectos de la Labor Social.

8.     Sólo se podrán aceptar como actividades o proyectos de Labor Social aquellos que sean previamente aprobados por la Dirección, Subdirección o Coordinación de Labor Social de la U. E. “Colegio Nuestra Señora de Belén”

9.     Los estudiantes deberán ser respetuosos de las costumbres, tradiciones, reglamentos y procedimientos de las comunidades, instituciones u organismos donde realicen su Labor Social.

10.  Los estudiantes que participen en la Labor Social deben recibir toda la información pertinente preparada por la Coordinación de Labor Social y por la institución en la que realicen su Labor Social.

11.  En todas las actividades de la Labor Social se aplicará la Normas de Convivencia Escolar, el Reglamento Interno de Labor Social y el Reglamento General de la institución en donde el estudiante preste su Labor Social y todas las normas y protocolos de seguridad vigentes.

REGLAMENTO DE LABOR SOCIAL

 La Labor Social es obligatoria para todos los estudiantes Cursantes del 5to Año de Educación Media General como requisito obligatorio para obtener el título de Bachiller (Art. 13 LOE y 27 RLOE).

 Realizar como mínimo, 60 o 80 horas de Labor Social de 60 minutos cada una, 

 La redacción y entrega del Control de Asistencia, Hoja de Evaluación de Actividades de Labor Social, Acta de Compromiso, Hoja de Descripción de la Ejecución de Actividades de labor social. Se hará de manera individual, así haya realizado su labor social de manera grupal. (Deberá llevarse en forma digital)

 Deben tomar fotos del proceso de la Labor Social: antes, durante y después; todas las evidencias deben estar firmadas y selladas por la Institución.

 Las planillas se asistencia deben llevarse de manera individual y personalizada.

 Se recomienda que el número mínimo de horas semanales de Labor Social sea como máximo de 04 horas de 60 minutos cada una.

 Los proyectos y/o Actividades por los que se acreditará la Labor Social deberán tener previa aprobación de la Dirección, Subdirección o Coordinación de Labor Social o Coordinación de 5to Año, estos serán:

 Conservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.

 Actividades culturales, artísticas, científicas, técnicas o manuales.

 Salubridad y bienestar social.

 Educación física, deporte y recreación.

 

Las actividades a realizar y tomadas como válidas para la Labor Social son las que se mencionan a continuación:

1.-  Que Beneficien a la comunidad fuera del Plantel:

1.1 Ambientación de espacios con Carteleras o afiches informativos sobre: Estas se podrán realizar en los edificios de residencia donde vivan, abastos cercanos a su casa, tomando en consideración las normas vigentes para la pandemia (Distanciamiento – uso del tapabocas)

TEMAS:

 Violencia. Derechos y deberes.

 Prevención del Delito.

 Conservación ambiente.

 Valores

 Salubridad (Tabaquismo, Drogas, Alcoholismo, Accidentes, COVID-19

 Otras relevantes en la comunidad donde ejecuten la Labor Social

 

1.2 Recuperación de espacios ambientales. Estas se podrán realizar en su vivienda: Jardines Balcones o espacios al aire libre o lugares cercanos a su casa tomando en consideración las normas vigentes para la pandemia (Distanciamiento – uso del tapabocas).

 Dentro de nuestra casa (espacios de estudio y de recreación – limpieza del hogar)

 Fuera de nuestra casa (espacios cercanos jardines- edificios-calles)

 

1.3 Actividades culturales, artísticas, científicas, técnicas o manuales: Estas se deberán realizar en forma virtual (Videos – Conferencias – páginas web)

 Charlas y/o talleres sobre ecología ambiental y reciclaje, COVID-19.

 Cuenta cuentos.

 Folklore de la región.

Educación Física, Deporte y Recreación:

 Bailoterapia.

 Asesoría en ajedrez.

 Danza.

 Cualquier tema relacionado con actividades de ERE y ORIENTACION

 

2.-  Actividades que beneficie a toda la comunidad educativa que hace vida dentro del plantel:

2.1 Ambientación de espacios con Carteleras o afiches informativos sobre: (Estas se deberán realizar en su vivienda o lugar de habitación,  para luego ser llevadas al Colegio donde se colocaran tomando en consideración las normas vigentes para la pandemia (Distanciamiento – uso del tapabocas).

 Violencia. Derechos y deberes.

 Prevención del Delio.

 Conservación ambiente.

 Valores y  Símbolos patrios

 Salubridad (Tabaquismo, Drogas, Alcoholismo, Accidentes COVID-19

 Otras relevantes en la institución donde ejecuten la Labor Social).

 

2.2  Recuperación de espacios: preparación o donación de insumos para la desinfección de las áreas utilizadas durante la entrega y retiro del portafolio escolar.

 

2.3 Preparaduria de estudiantes de 1ero, 2do, 3er, 4to Año. En asignaturas Matemática, Física, Química, castellano, Inglés Estas  deberán ser supervisadas por el profesor de la materia.

 

2.4 Recolección de insumos para donaciones: Ancianatos, Albergues, Hospitales. Debido a la pandemia estas donaciones se canalizaran directamente con el colegio.

 

 No se considerarán como válidas para la Labor Social las actividades que se mencionan a continuación:

 Actividades administrativas en direcciones, divisiones o departamentos que forman la estructura de cualquier institución donde se realice la Labor Social.

 Actividades propias del personal obrero de las instituciones involucradas (solo en caso de necesidad extrema de la institución)

 Actividades remuneradas.

 Actividades que impliquen riesgo físico inminente y que atenten contra la seguridad e integridad del estudiante.

 Actividades que impliquen administración de medicamentos.

 Actividades en horario nocturno

 Cualquier otra que la Comisión de Trabajo del Proyecto así lo considere.

 NOTA: CADA ESTUDIANTE DEBE ARCHIVAR EN SU CARPETA DE LABOR SOCIAL.

1. Planilla de inscripción

2. Control de Asistencia de la Labor Social

3. Hoja de Descripción Final de las Actividades y/o Proyectos de la Labor Social.

ANEXO A LA PRESENTE LE ESTAMOS ENVIANDO LOS RESPECTIVOS FORMATOS

domingo, 19 de febrero de 2017

Circular Nº 01

CIRCULAR Nº 01 
De Fecha 05 de Diciembre del 2016
QUE ORIENTA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 
DE INSTITUCIONES PUBLICAS, PRIVADAS, MUNICIPALES O ESTADALES
EXTRACTO ACERCA DE LA ACTIVIDAD 
QUE BENEFICIE AL PLANTEL O LA COMUNIDAD


martes, 13 de octubre de 2015

Reglamento General para la Ejecución del Proyecto de Labor Social de los Estudiantes de la U.E. Nuestra Señora de Belén

Reglamento General para la Ejecución del Proyecto de Labor Social de los Estudiantes de la U.E. Nuestra Señora de Belén

El Proyecto de Labor Social de la U.E. “Nuestra Señora de Belén” tiene como propósito que sus estudiantes desarrollen una conciencia solidaria y de compromiso hacia el plantel y/o la comunidad, involucrándolo a través de proyectos que generen respuestas desde el ámbito educativo hasta lo social. Así como el comprender que la Labor Social no tiene nota, es un requisito académico basado en el art. 27 RLOE .

Fundamento Legal

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
Artículo 135.- “Las obligaciones que correspondan el estado, conforme a esta constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particulares según su capacidad. La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuera necesario. Quienes aspiren el ejercicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley

LEY ORGANICA DE EDUCACION (LOE).
Artículo 13.- La responsabilidad social y la solidaridad constituyen principios básicos de la formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo.”Todo y toda estudiante cursante en instituciones y centros educativos oficiales o privados de los niveles de educación media general y media técnica del subsistema de educación básica, así como del subsistema de educación universitaria y de las diferentes modalidades educativas del Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y solidaridad, establecidos en la Ley. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo serán establecidas en los reglamentos.


Artículo 27º del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación
Además de los requisitos legales establecidos para la obtención del título de bachiller o de técnico medio, se deberá exigir a cada alumno su participación en una actividad que beneficie al respectivo plantel o a la comunidad. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes impartirán las orientaciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición.

CIRCULAR 13: OTORGAMIENTO DE TITULOS Y CERTIFICADOS: LABOR SOCIAL. En cumplimiento al artículo 27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación:
•          La actividad que beneficie al plantel o a la comunidad, podrá ser individual o en grupos y desarrollada durante uno de los años o semestres del nivel de Educación Media, Diversificada y Profesional.
•          El Director del Plantel designará un docente para coordinar la actividad a realizar por el alumno o grupo de alumnos. Este docente no devengará remuneración adicional alguna por este concepto.

•          El Docente coordinador de la actividad planificará conjuntamente con los alumnos ésta, para garantizar el cumplimiento de la misma.